miércoles, febrero 15, 2017

Así afina la fiscalía la querella de Homs a Rajoy (hay una ley para catalanes y otra para españoles).

La Fiscalía del Supremo no ve motivo para presentar una querella por la vía penal contra Mariano Rajoy por supuesta desobediencia y prevaricación. Luis Navajas Ramos, teniente fiscal del Tribunal Supremo, ha decidido archivar la denuncia del jefe de filas del PDECat en Madrid, Francesc Homs , contra el presidente del Gobierno, la ex ministro de Sanidad, Alfonso Alonso, y la ex secretaria de Estado de Servicios Sociales, Susana Camarero, al no considerar que exista delito en su conducta.

Okey, quizás sí, aunque Homs lo único que pretendía es que a Rajoy le cayera el peso de la ley igual que le cae a Artur Mas. Pero, para la fiscalía, hay desobediencia de primera y de segunda.

-Si España desobedece sentencias del Tribunal Constitucional favorables a la Generalitat de Catalunya no pasa nada.
-Si Catalunya desobedece sentencias del Tribunal Constitucional favorables al gobierno español se lleva a juicio al presidente de la Generalitat y consellers.

Ante este despropósito, la misma fiscalía se da cuenta que es una barbaridad el archivo de esa causa, es como si dijera que no todos los españoles son iguales ante la ley..., y es por eso que en el documento tiene la necesidad de recordar que lo que archiva no es lo mismo que lo de Mas, Rigau, Homs y Ortega.

“La presunta ‘desobediencia’ a la sentencia del TC de 18 de mayo de 2017, y a las anteriores resoluciones que en el mismo sentido hubiera podido pronunciar el Tribunal Constitucional, en modo alguno pueden asimilarse, para obtener consecuencias penales, con las situaciones derivadas de la Ley autonómica 10/2014 de consultas populares no refrendarias, y el decreto autonómico 129/2014, de convocatoria de una consulta, disposiciones ambas recurridas en su momento por el Gobierno de la Nación y que dieron lugar a sendas resoluciones del TC de 29 de septiembre y 4 de noviembre de 2014, presuntamente ‘desobedecidas’ más tarde, a criterio del Ministerio Fiscal, y que han dado lugar a procedimientos penales que se encuentran pendientes de resolución judicial”.





Es como si alguien dijera que matar es condenable pero si es para matar a un separatista no.

Muy bestia mi ejemplo dirán ustedes, pero se empieza diferenciando asuntos menores (o no tan menores) y se termina practicando el terrorismo de estado...

Estamos avisados

3 comentarios :

NAUER dijo...


Master de ajuste.

https://www.youtube.com/watch?v=xfKu_5Y2Bzg



Expulsionista forever dijo...

Sigo pensando que Madrid no tiene cabida en nuestro país y hay que expulsarlo. Porque si Madrid es la capital de España, en todo caso España será un pais de otros, ya que nuestro sólo hay pocas cosas menos país.
¿Y para qué ingresó en la inútil "Unión" Europea? Para absolutamente nada, como otros veinte y pico países.
Y si tanto quieren "defender" la "unidad" de España, adelante. Porque considero que "defender" la "unidad" de España es un delito que conlleva a la cárcel.
Así pues, repito que Madrid sobra hasta como ciudad y debe ser expulsada.
Revolución expulsionista o destierro.

Francesc dijo...

Son tan zotes que ellos mismos se contradicen, asnos!, cualquiera percibe que cuando dicen "“La presunta ‘desobediencia’ a la sentencia del TC [...] en modo alguno pueden asimilarse..." justamente lo que hacen es asimilarlo.
O sea, "a título preventivo" empiezan a excusarse de comparaciones odiosas diciendo que "no son comparables", son tan poco comparables que ellos mismos ya saben por dónde les van a meter el dedo en el ojo. Borregos :D.