lunes, enero 22, 2018

Análisis sobre la legalidad de la delegación de voto y de la investidura no presencial del President de la Generalitat.



Artículo 93. Delegación de voto

1- Los diputados que con motivo de una baja por maternidad o paternidad no puedan cumplir el deber de asistir a los debates y votaciones del Pleno pueden delegar su voto en otro diputado.

2- Los diputados pueden delegar su voto en los supuestos de hospitalización, enfermedad grave o incapacidad prolongada debidamente acreditadas. La Mesa del Parlamento debe esta­blecer los criterios generales para delimitar los supuestos que permiten la delegación.

3- La delegación de voto debe hacerse mediante un escrito dirigido a la Mesa del Parlamento, en el que deben constar los nombres de la persona que delega el voto y de la que recibe la delegación, así como los debates y votaciones en que debe ejercerse o, si procede, la duración de la delegación. La Mesa, al admitir a trámite la solicitud, establece el procedimiento para ejercer el voto delegado, que puede incluir el voto telemático si es posible y se puede ejercer con plenas garantías.



El artículo 93 establece 5 supuestos que permiten delegar voto, constan en los apartados 1º y 2º (maternidad, paternidad, hospitalización, enfermedad grave o incapacidad prolongada). Entiendo que estos supuestos son indiscutibles y la Mesa nunca puede negarse a aceptar la delegación si el diputado afectado lo solicita y cumple con lo preceptuado en el apartado 3º, (indicación de persona en quien se delega, debates en los que se hace o duración de la delegación).

En el párrafo segundo del apartado 2º consta que la Mesa debe establecer los criterios generales para delimitar los supuestos que permitan la delegación. Aquí es donde surgen las dudas, este apartado ¿habla de delimitación de los supuestos previamente autorizados o habla de una delimitación general en la que se pueden incluir otros? A mi modo de ver, viene a ser una especie de cajón de sastre donde incluir otros casos que se valorarán por la Mesa en función de las circunstancias ya que el indicado artículo 93, al exponer las 5 causas de delegación, nunca utiliza la palabra “exclusivamente”, dejando en manos de la Mesa su valoración i/o aceptación.

Entiendo por todo ello que cuando la Mesa establece los criterios, debe incluir siempre los 5 casos citados, pero también puede introducir otros supuestos como podría ser, un viaje o estancia en otro país.

Entre las importantes funciones de la Mesa se encuentra precisamente la de decidir en supuestos como el que nos ocupa, pudiendo consultar a los letrados del Parlament, cuyo dictamen no es vinculante (el Constitucional español liquidó el carácter vinculante).

Por todo lo dicho, entiendo que; si se cumplen los requisitos del párrafo 3º, y la Mesa acepta el voto delegado, permitido en el artículo 93, o telemático, también aceptado en el propio artículo 93; no se estará incurriendo en ilegalidad.


Los artículos 146 y 83 del Reglament nos aclararán si es posible una investidura no presencial.

Artículo 146. Debate de investidura

La sesión de investidura del presidente de la Generalitat se inicia con la lectura, efectuada por uno de los secretarios, de la resolución del presidente del Parlament en la que propone un candidato a la presidencia. A continuación, el candidato pre­senta, sin límite de tiempo, el programa de gobierno y solicita la confianza del Pleno. Salvo que el presidente del Parlament considere oportuno suspender la sesión por un tiempo no su­perior a las veinticuatro horas, interviene a continuación un representante de cada grupo parlamentario, durante treinta minutos cada uno.


Artículo 83. Reglas del debate

Ningún diputado puede hablar si antes no ha pedido la palabra al presidente y no la ha obtenido. Los diputados que han pedido la palabra para intervenir en un mismo sentido pueden cederse el turno unos a otros. Comunicándolo previamente al presidente, y para un debate o un trámite concreto, cualquier diputado con derecho a hablar puede ser sustituido por otra persona de su mismo grupo.


El artículo 146 regula el Debate de investidura del President de la Generalitat, indicando que el candidato presenta el programa y solicita la confianza. Si nos atenemos únicamente a este artículo se puede entender que ha de ser él y nadie más quien presente su programa de gobierno y se establece como principal razón que es necesario que se encuentre en la Cámara para poder analizar no solo lo que dice sino como lo hace, su grado de convicción, personalidad, respuestas, etc, todo ello al efecto de valorarlo.
Entiendo que eso no es indispensable, si un diputado necesita esos requisitos para aceptar la candidatura y no los ve cumplidos, puede votar en contra.


Por otro lado hay que tener en cuenta el párrafo final del apartado 1º del artículo 83 que regula las Reglas del debate, y que establece claramente que si hay una comunicación previa al President y se especifica para qué debate (por ejemplo el de investidura), cualquier diputado puede ser sustituido por otra persona de su mismo grupo. Queda claro, a mi entender, que si el candidato realiza la comunicación previa al President del Parlament y le indica que es para el debate de investidura, puede efectuarse la delegación.

Entre las importantes funciones del President del Parlament se encuentra precisamente la de decidir en supuestos como el que nos ocupa, pudiendo consultar a los letrados del Parlament, cuyo dictamen, repito, no es vinculante.

El artículo 83 no establece ninguna excepción a esta posibilidad y como único requisito indica que el delegado ha de ser alguien de su mismo grupo.

Por eso entiendo que si el President del Parlament acepta que otro diputado del mismo grupo lea el discurso del candidato a President de la Generalitat, por sustitución, no se estará incurriendo en ilegalidad.


By EP (licenciado en Derecho)

22 comentarios :

Numi dijo...

En un mon on la política no fa 'política', i no negocia, apallissa i judicalitza tot, cal fer esment a una norma que caldrà reclamar que es compleixi, una del codi penal 'made in spain', que oblida tot el gobierno (quan tenen obligacions tendeixen a fer veure que son cecs).

http://www.directe.cat/noticia/709253/el-codi-penal-espanyol-castiga-amb-preso-coartar-l-emissio-del-vot-a-un-parlament

Anónimo dijo...

Pues si los letrados han dictaminado algo que obstaculiza el procés es que son fachas. ¿Cuando entenderá el mundo que todo lo que no sea independentismo es facha?

Anónimo dijo...

En España se ha llegado al punto del colapso democrático más peligroso de los últimos años. Se está intentando dar normalidad a que los políticos españoles avancen las decisiones judiciales y dicten como interpretarlas, mientras que vemos a los jueces hacer política negándose a detener al supuesto "criminal" para que no ejerza el voto. Los políticos juzgando y los jueces haciendo estrategias políticas. Si esto se normaliza, el futuro de Europa será tenebroso. Una Gestapo o una Stasi disfrazada de justicia.

ART dijo...

Mucho antes de que tú entiendas que eres gilipollas.

El Código Penal español castiga con prisión '' coartar la emisión del voto '' en un Parlamento
Lo recuerda vía Twitter el vicepresidente primero del Parlamento y letrado, José Costa

http://www.directe.cat/noticia/709253/el-codi-penal-espanyol-castiga-amb-preso-coartar-l-emissio-del-vot-a-un-parlament

Anónimo dijo...

Estoy de acuerdo.
Pero seamos realistas, si Puigdemont es investido, 155 al canto. Será mejor investir a otra persona, y que haya un govern catalanista, no os parece?

Numi dijo...

Te aplaudo, aunque se que no puedes oirlo. Toda la razon. Difunden el terror judicial, el 'miedo', o el terror de las porras, ... emociones negativas a sus ciudadanos; es lo mas alejado a eso de 'hacer política'. Saludos.

ep dijo...

España es un Estado de derecho calificado de demócrata. Casos de terrorismo de estado y guerra sucia han mostrado una cara oculta que se ha hecho mas patente cuando se ha quitado definitivamente la careta en ocasión del proceso, ahora ya no está tan claro que lo sea. No me puedo imaginar lo duro que ha de ser para juristas de renombre dictar resoluciones presunta y posiblemente poco ajustadas a derecho, su prestigio y su conciencia a la porra. El fin justifica los medios y en estos momentos el fin de la unidad de España prevalece por encima de leyes y democracia. Parece que intentan no retorcerlas demasiado y es que con una Turquía en Europa hay más que suficiente, pero ojo, Turquía no forma parte de la UE y España, que sí, con su actitud está ensuciando aun más la imagen de un grupo que con el trasfondo del tema de la inmigración está perdiendo el Norte.
Hasta cuando la UE permitirá que España siga ensuciando su nombre?, cuantos sapos se tendrá que tragar en su nombre?. Los estados se protegen, pero los ciudadanos han descubierto que su poder está siendo cuestionado porque en una pequeña región una bocanada de aire fresco que reclama el derecho a decidir, está siendo castigada, y los ciudadanos están empezando a percibir que se puede decidir desde la calle, que no solo es posible gobernar si eres una élite con grandes despachos, apoyado por grandes firmas. Estamos intentando hacer una nación justa. Esto no va de independencia, va mas que republica( poder del pueblo), o lo que es lo mismo, va de democracia.

Anónimo dijo...

¡Anda! Ahora resulta que nos leemos el Código Penal. Recuerda que ese Código tiene 260 artículos y todos valen igual. Los de sedición, rebelión, malversación de dinero público y prevaricación tambien.
Si quieres nos ponemos a aplicar el Código Penal en todos sus artículos y no solo en los que a ti te interesan. Seguro que salís perdiendo.

ART dijo...

Puigdemont dribla al Estado

https://www.elnacional.cat/es/editorial/jose-antich-puigdemont-copenhague_231756_102.html

ART dijo...

El Puigdemont de Hamelín

https://www.elnacional.cat/es/opinion/iu-forn-puigdemont-hamelin_231693_102.html

ART dijo...

'Der Spiegel' y el 'Financial Times' ven a Puigdemont investido

https://www.elnacional.cat/es/politica/der-spiegel-financial-times-puigdemont-presidente_231687_102.html

ART dijo...

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ART dijo...

Juan Karlos Ioldi, detenido en 1985 como presunto miembro de ETA: '' estaba en prisión y tuve derecho a presentarme a la investidura ''
Dice, en una entrevista en 'El Mundo', que el Estado ha actuado con los líderes soberanistas "de la manera contraria como lo hizo conmigo"

http://www.directe.cat/noticia/709486/juan-karlos-ioldi-detingut-el-1985-com-a-presumpte-membre-deta-estava-a-la-preso-i-vaig-te

ART dijo...

¡Esto es buenísimo!.

Esto es de una entrevista con Marlene Wind.

P- ¿Qué posición tiene sobre Cataluña y España?
R-Detesto que los estados se rompan. También estoy muy triste que el Reino Unido se vaya de la Unión Europea. Creo que la manera de ir adelante no es romper nada, sino ir unidos. No me gusta la idea de una Europa con cien estados luchando cada uno contra el otro. Creo que esto es un escenario terrible.

P- Pero Dinamarca concede el derecho de autodeterminación en sus regiones, Feroe y Groenlandia, y España no.
R-Porque son muy pobres y nos da igual. ¡Perdón! Esto no lo tendría que haber dicho. Nosotros no estamos obsesionados, en esto. ¡Si quieren ser independientes, que lo sean!. Reciben mucho dinero de nosotros.

JAJAJAJAJAJAJAJA, detesta que se separen los estados, pero le da igual que las Feroe y Groenlandia se separe de Dinamarca porque son pobres y les cuesta dinero, JAJAJAJAJAJAJAJA. No le gusta que Cataluña se separe de España porque Cataluña es rica, pero si fuera pobre como las Feroe o Groenlandia le daría igual que se rompa España y les den la independencia a Cataluña, JAJAJAJAJAJAJA. En realidad yo creo que si Extremadura pidiera la independencia, España le daría la independencia antes de que les diera tiempo a hacer un referéndum para que no puedan cambiar de idea, JAJAJAJAJAJAJA. Se cambia la constitución en una tarde, una patada y a tomar por culo Extremadura, JAJAJAJAJAJAJA, como pasó con el Sahara. Ni referéndum, ni guerra, ni nada. Que se lo queden los de Marruecos si quieren que nos cuestan dinero, JAJAJAJAAJAJAJA. Y eso que estos eran españoles como los de Extremadura, y España era "indivisible", JAJAJAJAJAJAJA.

Que hipócrita es la gente. Si España no nos da la independencia ¡¡¡ES PARA PODER ROBARNOS ETERNAMENTE!!!, por que si fuéramos pobres como Extremadura hace siglos que seriamos independientes. Hay que librarse de esta panda de ladrones.


Marlene Wind: 'Detesto que los estados se rompan'
Esta profesora danesa de ciencia política interpeló con intensidad Puigdemont sobre el movimiento independentista catalán

https://www.vilaweb.cat/noticies/marlene-wind-odio-que-els-estats-es-trenquin/

ART dijo...

Había que ir a Copenhague
«El miedo se ha perdido, la ha perdido él y la han perdido los ciudadanos, y por eso mismo en España se le ha visto mucho la incoherencia, los nervios»

https://www.vilaweb.cat/noticies/calia-anar-a-copenhaguen-editorial-vicent-partal/

ART dijo...

El catalán errante y Berlanga

https://cotarelo.blogspot.com.es/2018/01/el-catalan-errante-y-berlanga.html


La inauguración más ridícula: invitan a Barberá, el tren se retrasa y Rajoy lo confunde con un avión
“En solo cinco días ya se han vendido 4.700 'tickets' de avión”, ha dicho que la inauguración del AVE entre Castellón y Valencia

https://www.elplural.com/politica/2018/01/22/la-inauguracion-mas-ridicula-invitan-barbera-el-tren-se-retrasa-y-rajoy-lo

NiquitoNipongo dijo...

El 155 aplicado es inconstitucional. Solo hay que leer

CE. Artículo 155
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

1. ¿Dónde se autoriza a disolver el legislativo y/o anticipar elecciones?

2. ¿Porqué se substituye al ejecutivo autonómico en lugar de dar las meras instrucciones que señala el CE155, derivado del GG37 alemán?

España ni es una democracia homologable, ni es ni federal como Alemania), es una farsa en manos de caciques y oligarcas. La no-reforma real de la judicatura, policía y ejército han sido la causa de todas las crisis desde hace 150 años.

Siempre hay que releer a Joaquín Costa (Oligarquía y Caciquismo). España repite sus maneras y métodos desde hace siglos. Inquisición, persecución por causa cambiada, sanciones a la familias, expolio de bienes, justicia prevaricando, papeles perdidos, prensa cautiva o mentirosa, y la historia basada en documentos -los preservados- queda cambiada. (Repiten: Que conserva la Fundación Franco Franco? Una selección purgada).
Reconstruyan, en 100 años, la historia catalana actual con los datos presentes en la prensa de hoy (de Madrid o Barcelona.
Otra pregunta análoga: ¿Que han leido durante los últimos 30 años los corresponsales extranjeros en España?

España tiene un tejido de impunidad, basado en un nepotismo incomparable en Europa, pensado para tapar la corrupción hasta que ésta se desborda, punto en el generan una crisis poniendo violencia y muertos, y lo solucionan legalmente con la siguiente ley de 'autoamnistia'. Todas por la 'paz' y para que sigan, literalmente, los mismos.

¿España es una monarquía o una República?
Franco nombró su sucesor 'a título de Rey'.
Ley de Sucesión. 18 Julio 1947. 5ª Ley Fundamental del Movimiento Nacional.
Pues eso.

ps. la GG, Constitución alemana, tambuen es de 1947, pero no permitía el fascismo.
El Consejo del Reino, ahora Consejo de Estado presidido por JM Romay Beccaría, también es de esa fecha.

En España se prevarica al por mayor Ni hay proporción ni perspectiva en Europa Occidental.

Expulsionista forever dijo...

Se exige ilegalizar al Partido Popular por ser una banda terrorista disfrazada de partido político, y que Madrid sea expulsada para siempre de nuestro país. Petición en Change.org ¡YA!

Jordi Català dijo...

155 al canto y Catalunya paralizada.
No debería decirlo aquí pero muy pronto la gente va a salir a la calle sin lirios en la mano.
Lo próximo que vendrá a Catalunya no serán piolines, será ejército.

ART dijo...

Si el gobierno español intenta impedir como sea que Puigdemont sea presidente de la Generalitat, tenemos que hacer todo lo posible que Puigdemont sea presidente de la Generalitat del modo que sea. Cada vez que el gobierno español intenta impedir algo, la caga pero bien cagada. Intentó evitar el referéndum y la cagó. Intentó impedir que Puigdemont esté en Bélgica, y la cagó. Intentó impedir que Puigdemont esté en Dinamarca, y la cagó. Si intenta que Puigdemont no entre en España, es lo que hay que hacer. Si quiere que Puigdemont no sea el presidente de la Generalitat, la cagará. Da igual si impide que Puigdemont sea presidente sea como sea, aplica el 155, y manda el ejército. Perfecto, que lo haga. Es justo lo que más nos va a beneficiar a la larga. Alargar el proceso nos beneficia. Parece que a la corta no nos beneficia, pero a la larga es una carta ganadora. Esto es insostenible en el tiempo. Tarde o temprano esto va a explotar. Puede que no seamos independientes mañana, pero lo seremos pasado si no nos cansamos de querer serlo. Tenemos un ariete pequeño, pero si no dejas de dar golpes con él, la puerta cederá. Es física. Es ciencia. Los españoles son muy estúpidos y nos regalarán la independencia si o si. Ganaremos simplemente aprovechando los errores de los españoles. Ellos no pueden ganar de ninguna manera. Sólo pueden ganar un poco más de tiempo.

Lo que hay que hacer es justo lo que España no quiere que hagamos. Puigdemont presidente.

Expulsionista forever dijo...

De todas formas, España YA estaba rota desde 1939, y no hubo necesidad alguna de que las zonas se independizasen, que no hicieron, sino gracias al Cara de Garbanzo por esa guerra incivil.

Anónimo dijo...

Guerra!!!!!!