miércoles, mayo 22, 2013

El Parlament de Catalunya aprueba por mayoría brutal la ley de consultas.

Catalunya garantiza la ley soberana por el derecho a decidir.

Un paso más de la democracia, de la libertad y del pueblo.

El proceso hacia la independencia sigue su inexorable camino...

Casi un 80% del Parlament así lo ha decidido.


La futura Europa será la de los pueblos y culturas, los vetustos "países inventados" no tienen  porvenir. El mañana es el de los ancestros...

El Parlamento de Catalunya ha rechazado esta tarde las enmiendas a la totalidad que PP y Ciutadans han presentado a la ley de consultas populares no referendarias y ahora pasará a discutirse en comisión. CiU, ERC, PSC, ICV-EUiA y CUP han tumbado las enmiendas con 104 votos, por 28 en contra de PP y C 's. El texto lleva la firma de CiU, ERC, PSC, ICV-EUiA y la CUP, tal como se acordó en la ponencia conjunta, pero los partidos discrepan sobre la interpretación de la proposición de ley. Para CiU y ERC es la herramienta que debe permitir una consulta soberanista en Cataluña si el estado no la permite, una posibilidad que descarta el PSC, alegando que la ley sólo prevé consultar sobre cuestiones relacionadas con las competencias de la generalidad.

El texto regula el régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento y la convocatoria de consultas populares que no tienen carácter vinculante. Se establece que podrán votar los mayores de dieciséis años y que podrán ser convocadas por el presidente de la Generalitat, los entes locales o la ciudadanía. En este último caso, serán necesarios 50.000 firmantes si la consulta es de ámbito nacional o de un porcentaje entre el 5% y el 20% de la población si es de ámbito local.

La consulta podrá tener una pregunta o más, que deberán ser formuladas de manera 'clara, sucinta e inequívoca'.

El proyecto de ley desarrolla el artículo 122 del estatuto, que prevé la competencia exclusiva de la Generalidad en materia de consultas populares en el ámbito de su competencia.

El texto prevé que consultar a los ciudadanos sobre cuestiones relacionadas con las competencias de la Generalidad y, además la convocatoria de una consulta, también incluye procesos de participación que establece el artículo 122 del estatuto: encuestas, foros y mecanismos de participación institucional. La inclusión de mecanismos de participación además de la consulta es la principal condición que el PSC puso durante la discusión en la ponencia conjunta.

A diferencia de la proposición de ley que aprobó el tripartito, esta no requiere el permiso previo del estado para convocar una consulta. De hecho, el gobierno español recurrió al Tribunal Constitucional español (TC) contra la ley aprobada por el tripartito y el TC aún no se ha pronunciado, aunque en junio del 2011 levantó la suspensión de la normativa.


La constitución más antigua del mundo acelera su paso hacia la democracia final.



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