La llamada 'doctrina Botín' fue adoptada por el Tribunal Supremo en 2007 para cerrar el llamado caso de las cesiones de crédito en el que estaba implicado el presidente del Banco Santander, Emilio Botín.
La doctrina del Supremo señala que no se puede llevar a nadie a juicio sin que acuse el ministerio fiscal ni la acusación particular en los casos en que haya un perjudicado concreto.
La doctrina Botín fue matizada posteriormente por la llamada doctrina Atutxa, que señala que solo con la acusación popular se puede llevar a juicio a una persona, pero solo en aquellos delitos en los que se trata de proteger «intereses difusos», es decir, que no hay un perjudicado concreto, como sucede el caso del blanqueo.
¿Y que hizo Botín y su Santander?
El Santander comercializó contratos de cesión de nuda propiedad de créditos o "cesión de créditos" entre los años 1987 y 1991. Estos productos permitían a los clientes del banco evitar el pago de las retenciones a Hacienda, que suponían entre el 20% y el 25% del capital depositado. Entre estos años, el Santander hizo cerca de 45.000 operaciones y captó unos 2.400 millones de euros, lo que pudo suponer para Hacienda un fraude de unos 43 millones de euros. La investigación contra el SCH empezó cuando se descubrió que el banco proporcionó a Hacienda un listado de clientes que habían utilizado estos instrumentos que contenía algunos titulares ficticios.
Junto a los cuatro directivos del Santander, también estuvieron acusados Miguel Carreras, Eduardo Castro, Francisco Edo, Bhagwan Nenumal y Vicente Sellés por defraudar en el IRPF en 1988 y 1989. También por defraudar en el IRPF, aunque sólo en el de 1989, se imputa a Juan Colom, Manuel Cubas, José Gascón, Fernando Machado, José Martín, Gabriel Murias, Guillermo Pol, Damián Barceló, Andrés Roig y Armando Valles. José Alfonso Gilgado, Mariano Benito, Francisco Javier Goñi, Santiago Tres, Estanislao Ubarrechena, Pedro Otaegui, Juan Antonio Peraza, Juan Antón Riesgo y Francisco Torres, por defraudar en el impuesto de sociedades de 1989. Dolores Goenaga por defraudar en el impuesto de sociedades de 1988. Imanol Aramburu, Antonio Saavedra, Tomás Gallo lo hicieron en 1988 y también en 1989.
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jueves, diciembre 11, 2014
¿Qué es la doctrina Botín?
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