Toda la inversión es movimiento de capitales y opas...
El 18,5% de Suiza .
El 14,2% del Reino Unido.
¿Alguien cree que Luxemburgo monta fábricas en Madrid?
Si añadimos más países a la lista vemos que salen todavía más Estados especialistas en movimiento de capitales.
¿En qué sector hay más inversión?:
¿Y qué es eso?
Esta clase comprende: las operaciones en los mercados financieros por cuenta de terceros (por ejemplo, corredores de bolsa) y otras actividades afines; la correduría de bolsa; la intermediación en operaciones con contratos de productos básicos; las actividades de oficinas de cambio de moneda, etc.
Sigamos con la que ocupa la siguiente posición en inversión extranjera de Madrid: las telecomunicaciones (61).
Podemos observar que todo se centra en Otras actividades de telecomunicaciones (6190).
Pues casi toda esa cantidad viene de la compra del 86% de MásMóvil por los fondos estadounidenses Cinven, KKR y Providence.
Sí, ya sé que MásMóvil opera en toda España, pero como tiene la sede en Madrid, cuenta como inversión extranjera en esa comunidad.
¿Creó puestos de trabajo eso?
No, ninguno.
Continuemos con 64 Servicios financieros:
6430 Inversión colectiva, fondos y entidades financieras similares (aquí hemos llegado a las famosas SICAV).
Todo movimiento de capitales duro y puro.
Y por último, lo que ellos dicen Construcción de edificios (elemento 41), resulta que no hay nada de construcción, solo promoción...
La 4110 Promoción Inmobiliaria comprende: la promoción de proyectos de construcción de edificios residenciales y no residenciales mediante la consecución de los medios financieros, técnicos y físicos necesarios para la realización de tales proyectos con vistas a su venta posterior.
En fin, cuando lean eso de que crece la inversión extranjera en Madrid, que sepan que simplemente se trata de cambiar los dueños de las empresas, vender activos o evadir impuestos.
No hay nadie que levante una factoría o una industria, todo es especulación. Y si mañana mismo MásMóvil se vendiera a otros fondos buitre volvería a contabilizarse como inversión extranjera.
Por cierto, lean también este artículo en el que denunciaba que el 41% de la inversión extranjera que recibe Madrid proveniente del Reino Unido es para no pagar impuestos.
O este otro en el que contaron como inversión extranjera que ACS se vendiera a sí mismo ABERTIS...
Ya ven qué bazofia improductiva de inversión extranjera recibe Madrid. Es posible que todo esto no cree ni un puesto de trabajo, tal como expliqué en este post.
En cambio, si observamos la inversión extranjera en Catalunya veremos que los primeros puestos lo ocupan sectores productivos:
Y ahora sí, para terminar, la inversión ETVE:
REQUISITOS
Los requisitos de las ETVE españolas son principalmente formales:
-La ETVE debe ser una sociedad residente en España, para lo cual lo más idóneo es una sociedad anónima o limitada constituida en España.
-La ETVE debe tener como objeto social (no exclusivo) la gestión y administración de acciones o participaciones de entidades no residentes en España.
-Las acciones o participaciones sociales de la ETVE deben ser nominativas.
-La inversión en las entidades no residentes debe ser, al menos, el 5% del capital social o de 20 millones de euros.
-La participada no residente debe estar sujeta y no exenta en un impuesto análogo al Impuesto de Sociedades español con un tipo mínimo del 10 %.
-Se debe comunicar formalmente ante la Agencia Tributaria española que la sociedad se acoge al régimen especial de ETVE.
-Como requisito material destacamos que las ETVE deben tener medios suficientes, tanto personales como materiales, para gestionar sus inversiones en las entidades no residentes.
BENEFICIOS FISCALES
En primer lugar, están exentos en España los dividendos o plusvalías obtenidos por la ETVE por sus inversiones en entidades no residentes, siempre que se cumplan determinados requisitos.
En segundo lugar, los socios de la ETVE (tanto personas físicas como jurídicas) tienen un régimen fiscal muy privilegiado siempre y cuando no sean residentes en territorio español y no residan en un paraíso fiscal.
Este régimen fiscal privilegiado consiste en la no tributación por dichos socios cuando obtienen dividendos de la ETVE o plusvalías procedentes de la transmisión de sus acciones o participaciones de la ETVE, así como la exención de la tributación de la ETVE cuando obtenga dividendos o ganancias de capital de las participadas extranjeras. Para ello, dichos dividendos o plusvalías deben derivar indirectamente de las inversiones de la ETVE en las entidades no residentes.
Un ejemplo de cómo operan: una ETVE pide un préstamo de 1.000 millones por el que paga unos intereses de 50 millones el primer año. Otra empresa española perteneciente al mismo grupo empresarial registra ese año beneficios de 50 millones. Pero, al poder consolidar, la ganancia se compensa con las pérdidas de la ETVE y al final el fisco español no percibe nada.
Ole, ole y ole...
¿Cuanta inversión ETVE hubo en Madrid el año pasado?
4.942 millones, casi todos de Costa Rica.
¿Qué trapicheos están haciendo los de Madrid con Costa Rica?
La inversión que llega a Madrid de Luxemburgo no es toda extranjera. Una parte es repatriación, a nombre de empresas pantalla, de las comisiones cobradas por la gran obra pública por los altos cargos que deciden donde se crea la deuda "que entre todos nos hemos dado".
ResponderEliminarBárcenas no llevaba ese negociado, él era la calderilla de bolsillo. Sedes del IBEX en paraisos fiscales, un par de saltos, y banca de inversión de Madrid.