Miembros de la UE empiezan a plantearse la expulsión de España. se amparan en el TRATADO DE NIZA de 2003 que prevé mecanismos de expulsión de Estados miembros si no respetan derechos fundamentales.
España se puede encontrar en una situación "difícil" en la Unión Europea, en el proceso que se ha abierto para conseguir el Estado catalán. Amparándose en los Criterios de Copenhague de 1993 que desde 2003 con el Tratado de Niza afectan a todos los miembros de la Unión Europea y que son de obligado cumplimiento. El tratado prevé mecanismos de suspensión en calidad de miembros a aquellos que no respeten los derechos fundamentales, los procesos democráticos y las instituciones legalmente constituidas aunque sean regionales. Por lo tanto si no respeta la decisión legítima de los catalanes de formar un estado, España podría ser expulsada de la Unión Europea.
Al mismo tiempo recordar que Catalunya ya está dentro de la Unión Europea.
Es evidente que Catalunya no saldrá de la Unión Europea cuando sea un estado, el discurso del miedo que están utilizando algunos partidos políticos no están fundamentados jurídicamente, se oculta una información importante relativa a la situación de España cuando Catalunya sea un estado. España no será el mismo estado, no tendrá la misma población, perdería 18 de los 54 eurodiputados, que se le asignarían a Catalunya (población como Bulgaria)) y por lo tanto tendrá que renegociar su posición dentro de la UE, al igual que Catalunya. Además no hay ninguna norma de la UE que regule qué pasa si se disuelve un Estado miembro. En todo caso es una situación nueva que habrá de resolverse en base al derecho internacional.
En cuanto a los aranceles que según varios partidos políticos deberían aplicarse en Cataluña. Tratados como el de Schengen, el cual, algunos siendo miembros no aplican y otros que no lo son lo tienen vigente, no se impondrán aranceles a las fronteras catalanas porque ahora no están y porque son prácticas propias del siglo XIX.
Aznar y Rajoy meditan crear una Comunidad económica en el Biafra, en la que España tendrá cabida. |
QUÉ DICE EL TRATADO DE NIZA :
europa.eu
Disposiciones temáticas.
Derechos fundamentales:
En virtud del artículo 7 del Tratado UE, el Consejo Europeo puede constatar la existencia de una violación grave y persistente por parte de un Estado miembro de los derechos fundamentales. Cuando se haya efectuado dicha constatación, el Consejo podrá suspender determinados derechos de este Estado (por ejemplo el derecho de voto en el Consejo). El Tratado de Niza completa este procedimiento mediante un dispositivo preventivo. A propuesta de un tercio de los Estados miembros, del Parlamento o de la Comisión, el Consejo, por mayoría de cuatro quintos de sus miembros y previo dictamen conforme del Parlamento, podrá constatar la existencia de un riesgo claro de violación grave por parte de un Estado miembro de los derechos fundamentales y dirigirle recomendaciones adecuadas. En el marco de este artículo, el Tribunal de Justicia es competente (artículo 46 del Tratado UE) únicamente en litigios relativos a disposiciones procedimentales, y no para apreciar el fundamento o la oportunidad de las decisiones adoptadas en virtud de esta disposición.
Bruselas confirma que una Cataluña independiente quedaría fuera de la UE . . .
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